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¿Cómo se adquiere la ciudadanía italiana por derecho de sangre? ¿Cómo obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana si se es descendiente de un italiano? Veamos cuáles son los requisitos y cuál es el procedimiento para obtener la ciudadanía italiana.

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Principio del Ius Sanguinis


La ley 5 de febrero de 1992, n. 91, regula los métodos de adquisición de la ciudadanía italiana y constituye el fundamento del reconocimiento de la ciudadanía italiana por iure sanguinis (en contraposición al ius soli, que es el derecho de adquirir la ciudadanía por nacimiento en el suelo del estado).

Más precisamente, el ius sanguinis establece que el hijo de padres ciudadanos italianos adquiere la ciudadanía italiana por nacimiento. Este principio se extiende también a los descendientes de emigrantes italianos, permitiendo que los descendientes de generaciones sucesivas adquieran la ciudadanía italiana por iure sanguinis. De hecho, los descendientes de emigrantes italianos, aunque hayan nacido y crecido en el extranjero y sin límites generacionales, pueden convertirse en ciudadanos italianos si demuestran su descendencia italiana.

Durante varias décadas, esta normativa ha permitido que los descendientes de antepasados italianos emigrados adquieran la ciudadanía italiana principalmente en países donde emigraron los italianos, como Brasil, Argentina, Canadá, Australia, EE. UU., etc.

Equiparación entre Hombre y Mujer

El Tribunal Constitucional, con la sentencia n. 30 del 9 de febrero de 1983, declaró inconstitucional el art. 1 de la Ley n. 555/1912, en la parte en que no preveía que fuera ciudadano italiano por nacimiento el hijo de madre ciudadana, en violación de los artículos 3 y 29 de la Constitución, allanando el camino para la equiparación entre hombre y mujer en materia de ciudadanía.

Esta equiparación entre hombre y mujer en materia de ciudadanía fue afirmada a nivel normativo primero con la Ley n. 123 del 21 de abril de 1983, art. 5 (“Es ciudadano italiano el hijo menor de edad, incluso adoptivo, de padre ciudadano o madre ciudadana”), y posteriormente la Ley n. 91/1992 consolidó aún más este principio, estableciendo que “es ciudadano italiano por nacimiento el hijo de padre o madre ciudadanos”.

Según el principio del ius sanguinis, la ciudadanía italiana puede transmitirse a los descendientes de una madre italiana, siempre que estos hayan nacido después del 1 de enero de 1948, fecha de entrada en vigor de la Constitución, y siempre que la madre fuera ciudadana italiana en el momento de su nacimiento.

Esta es la regla actualmente vigente, según la orientación seguida por el Ministerio del Interior. Sin embargo, la Corte Suprema, con una sentencia de 2009, reconoció el derecho a la ciudadanía italiana también para los descendientes por vía materna nacidos antes de 1948, que pueden solicitarla judicialmente.

Requisitos para el reconocimiento de la ciudadanía italiana:

  • Descendencia de un ciudadano Italiano: El solicitante debe demostrar descendencia de un sujeto italiano, generalmente el antepasado emigrado, sin límites generacionales, con pequeñas diferencias si es descendiente de una mujer nacida antes de 1948.
  • Ausencia de Interrupciones en la Transmisión de la Ciudadanía: Es necesario demostrar que no ha habido interrupciones en la transmisión de la ciudadanía, es decir, ninguna naturalización extranjera del antepasado o de sus descendientes antes del nacimiento del solicitante.

Procedimiento de Presentación de la Solicitud para el reconocimiento de la Ciudadanía Iure Sanguinis


La solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana por iure sanguinis se puede formular a través de dos modalidades distintivas:

  1. Vía Administrativa:
  • Residencia en el Extranjero: Si el solicitante reside en el extranjero, la solicitud debe presentarse a la Autoridad consular italiana competente para el territorio.
  • Residencia en Italia: Si el solicitante reside en Italia, la solicitud puede presentarse al Alcalde del Municipio de residencia. En esta circunstancia, para obtener la inscripción en el registro civil necesaria para la presentación de la solicitud, el interesado no está obligado a estar provisto de un permiso de residencia. La declaración de presencia es suficiente, como se establece en la Circular del Ministerio del Interior n. 32 del 13 de junio de 2007.
  1. Vía Judicial:
  • El reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia de emigrantes italianos puede realizarse judicialmente mediante una solicitud presentada ante el Tribunal competente (el Tribunal de referencia en el lugar de nacimiento del padre, la madre o el antepasado italiano en Italia), con el necesario apoyo legal de un abogado, en los casos de descendientes por línea materna nacidos antes del 1 de enero de 1948.

Esta modalidad también es válida para los descendientes por vía paterna cuando el Consulado competente, encargado de recibir la solicitud administrativa, presenta una excesiva fila de espera que lleva un tiempo considerable para convocar a los solicitantes y procesar la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana. Esta espera “congela” de hecho el derecho del solicitante, legitimándolo para dirigirse a la Autoridad Judicial para obtener en tiempos considerablemente más rápidos la ciudadanía italiana. Un ejemplo común es el Consulado de San Pablo, que actualmente tarda aproximadamente 12 años en convocar a los solicitantes. También en otros Consulados en Brasil o Argentina los tiempos son improbables.

En estos casos, el solicitante tiene un interés pleno en actuar ante el Tribunal competente en Italia para que le sea reconocida la ciudadanía italiana por el juez en tiempos mucho más rápidos.

De hecho, el procedimiento de reconocimiento de la ciudadanía italiana Iure Sanguinis mediante recurso ante el Tribunal en Italia representa hoy el procedimiento más rápido, y en el caso de solicitantes de la ciudadanía italiana en los casos de descendientes por línea materna nacidos antes del 1 de enero de 1948., el procedimiento judicial es obligatorio. Los descendientes de antepasado italiano hombre pueden solicitar el reconocimiento de la ciudadanía también por vía administrativa ante el Municipio italiano de Residencia o el Consulado competente, pero los tiempos de procesamiento del trámite hacen decisivamente preferible la vía judicial.

Documentos necesarios para el reconocimiento de la ciudadanía italiana por Iure Sanguinis

Para obtener la ciudadanía italiana por descendencia de ciudadano italiano, es necesario presentar una serie de documentos que certifiquen la ascendencia italiana del solicitante.

Estos documentos son los siguientes:

  1. Copia íntegra del acta de nacimiento del antepasado italiano emigrado al extranjero, emitida por el Municipio italiano en el que nació.
  2. Actas de nacimiento completas de todos sus descendientes en línea recta, incluida la del solicitante de la ciudadanía italiana.
  3. Acta de defunción completa del antepasado italiano.
  4. Acta de matrimonio del antepasado italiano emigrado al extranjero.
  5. Actas de matrimonio de sus descendientes en línea recta, incluida la de los padres del solicitante de la ciudadanía italiana.
  6. Certificado emitido por las autoridades competentes del estado extranjero de emigración, que certifique que el antepasado italiano no adquirió la ciudadanía del Estado extranjero de emigración antes del nacimiento del ascendiente del interesado.
  7. Copias auténticas de posibles sentencias o actas de separación o divorcio, exclusivamente de las personas que solicitan la ciudadanía.
  8. En el caso de hijos nacidos fuera del matrimonio, cuyo nacimiento fue registrado solo por el progenitor que no transmite la ciudadanía italiana, se requiere una escritura pública en la que el otro progenitor, es decir, el de ascendencia italiana, declare y confirme ser el padre/madre biológico/a del hijo nacido fuera del matrimonio.
  9. En caso de solicitud administrativa presentada en Italia: certificado de residencia.
  10. Otros documentos adicionales, a evaluar según el caso específico e individual del solicitante.

Todos los documentos mencionados que fueron emitidos en el extranjero deben ser traducidos al italiano y estar legalizados por el consulado (o apostillados, si el Estado en cuestión es parte de la Convención de La Haya de 1961).

El Abogado Jawad Asmahi se encarga del reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia de ciudadano italiano emigrado, y ha asistido a muchos ciudadanos que han obtenido la ciudadanía italiana en tiempos muy cortos y seguros a través del procedimiento judicial en todo el territorio nacional. Si quieres obtener tu ciudadanía sin tener que esperar tiempos interminables, no dudes en contactar al Estudio Legal Asmahi, pueden asistirte también en español.